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Sabías qué...

En el marco constitucional y el de los Tratados y Convenios que un Estado ha ratificado; en los avances regionales y globales que sientan jurisprudencia (entre estos la penalización y multas a quienes siendo hoy testigos de un matrimonio infantil no procedan a su prohibición y anulación por expresa petición de la víctima)  y con carácter de  urgencia y sin más dilación, la anulación del matrimonio infantil forzado del que fui víctima siendo menor de edad.

Es necesario comprender que todo matrimonio infantil (en niñas menores de 18 años y sin excepción) es forzado. 

El Matrimonio Infantil dinamita la igualdad de género, el acceso a la educación de calidad; el acceso a la salud y roba la infancia de las niñas, el estado de libertad, la autonomía sobre sus cuerpos y la posibilidad de decidir acerca de su propio futuro. 

Niñas menores de dieciocho años, siguen siendo víctimas; producto de la ignorancia, el retraso cultural, la pobreza, la desigualdad económica y de mandatos misóginos y patriarcales; constituyéndose como uno de los actos más graves de violencia de género y de violación de derechos fundamentales. 

El matrimonio infantil, SIEMPRE ES FORZADO. Ninguna niña menor de 18 años tiene la suficiente conciencia y madurez psicoemocional, para decidir tal flagelo contra si misma; cuando, además, los 18 marcan el límite para legitimar cualquier acción legal y administrativa.

 

 El embarazo en adolescentes y el matrimonio infantil, es una forma de violencia de género, d eprivar a las niñas de un futuro y de sus sueños.

 Todo matrimonio infantil constituye un retroceso moral, cultural, social y legal “amenaza la vida y el futuro de las niñas y las mujeres de todo el mundo” e “impide su participación en las esferas económica, política y social, como su goce”. 

El matrimonio infantil, convoca a todos los países para su erradicación; ya que  perpetúa la discriminación y la transmisión intergeneracional de la pobreza y violencia, en contextos que lo propician. 

El "matrimonio infantil" es aquel en el que al menos uno de los contrayentes es un niño (Convención sobre los Derechos del Niño), "se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad”. Todo matrimonio infantil es precoz y forzado.

Instrumentos regionales establecen que el matrimonio solo puede contraerse con el consentimiento libre y pleno de ambos contrayentes, siendo estos mayores de 18 años. 

La Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud; Como la Convención contra Tortura ;  obligan a los Estados a adoptar "todas aquellas medidas legislativas o de cualquier otra índole" para lograr la prohibición,  e impedir el abandono de las instituciones y de prácticas que equivalgan a un matrimonio infantil forzado en niñas menores de 18 años, como a su inmediata anulación. 

La Convención de los Derechos del Niños; establece, en el artículo 1, que toda persona menor de 18 años es considerada un niño. 

La Eliminación de todas Formas de Discriminación contra la Mujer, extiende la protección a los derechos civiles, económicos, políticos, sociales y culturales y  junto a los tratados ratificados, dan observancia a la indivisibilidad de los derechos humanos y a las convalidaciones, ratificaciones y Convenciones, que reflejan un consenso internacional y universal al respecto, tanto en su prohibición, como anulación y penalización.

El apoyo de jueces y abogados, y  todas las instituciones de Gobierno, como el apoyo de la sociedad civil, y el involucramiento de los medios de comunicación; es central para un urgente cambio de paradigma.

El matrimonio infantil al afectar principalmente  a las niñas , constituye una forma de violencia de Género.

La Convención de Belém do Pará, reconoce que los Estados parte, resaltan, o deben hacerlo,  el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia incluye el derecho a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.

Al hablar del matrimonio infantil, es necesario recordar que son niñas, no esposas.  Que somos mujeres libres, no esclavas. 

sistemas legales injustos y normas sociales y tradiciones arcaicas y machistas, que le impide a millones de niñas  su derecho a serlo.

“Cada una de esos casos es una tragedia con efectos de largo alcance: pupitres vacíos en las aulas de escuelas y universidades, niñas tratadas como objetos y la pérdida del potencial económico y social de cada una". 

Las niñas casadas antes los 18 años, tiene un 50% más de probabilidades de haber experimentado violencia física o sexual por parte de su pareja, o de ser victimas de violencia de género en nuevas parejas,  que las mujeres que lo hicieron después de los 18. Las estadisticas no reflejan aquellos que permanecen en penumbras.

Cabe destacar, que estos matrimonios suelen darse en contextos retrógrados; donde la niña es forzada a ser una pieza mas de un engranaje “sistémico”, “comunitario”,  o familiar. Esto acontece de forma cruel , en ámbitos rurales; donde  el aislamiento, hará más difícil que la niña pueda salir de este circuito de opresión y recuperar su vida. 

                                          Niñas no esposas. Niñas , no madres precoces.

 

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En la actualidad, el matrimonio infantil se ha posicionado con firmeza en la agenda de desarrollo global, en especial a través de su inclusión en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el objetivo número 5 sobre Igualdad de género. 

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